La Prevención de Riesgos Laborales

Quizás definir la Prevención de Riesgos Laborales sea algo básico, pero siempre es necesario recordarlo.


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¿En qué consiste la Prevención de Riesgos Laborales?

Es un conjunto de actividades que se realizan en la empresa con la finalidad de anticiparnos a los riesgos existentes en cualquier trabajo.

Esta anticipación nos posibilita la toma de decisiones enfocadas a planificar y adoptar una serie de medidas preventivas que evitarán que se produzca un accidente laboral.

Las ideas básicas de la Prevención de Riesgos Laborales son:

Por tanto, cuanto mejor estudiada esté una tarea, más fácil será evitar que se produzcan “fallos” (accidentes) durante la misma.

La legislación actual se basa en la equivalencia del derecho de los trabajadores a un trabajo en condiciones de seguridad y salud, y el deber del empresario para conseguir esa protección.

Herramientas de la Prevención de Riesgos Laborales

Para la prevención del riesgo en el trabajo, la herramienta fundamental de los técnicos especialistas en PRL es la evaluación de riesgos.

La Evaluación de Riesgos es un estudio técnico en el que:

Tras esta fase de detección y medición de los riesgos, la empresa deberá planificar cómo adoptar progresivamente las medidas que los técnicos especialistas en PRL han propuesto.

Organización de la Prevención de Riesgos Laborales en la empresa

La legislación posibilita que las empresas sean autónomas en las toma de decisiones de PRL las llamadas “modalidades de organización preventiva” .

En empresas muy pequeñas y de escasos riesgos, El propio empresario puede llevar a cabo las actividades de PRL en empresas pequeñas y de escaso riesgos, aunque esto no será lo habitual: lo frecuente es que estas actividades sean encomendadas a técnicos especialistas en PRL, con la debida titulación.

Los técnicos especialistas pueden ser trabajadores de la empresa a los cuales el empresario les ha proporcionado la formación necesaria y les ha designado como  “trabajadores designados”  para que se encarguen de las actividades preventivas, o en su caso el empresario puede realizar un contrato con un Servicio de Prevención Ajeno (SPA) para la realización de estas tareas.

Los SPA son entidades privadas especializadas, que deben de ostentar una acreditación del Departamento de Empleo para poder actuar como tales.